BINA Empresas

Disuasión, prevención y detección.
Recomendaciones prácticas.

Última actualización: 1 de octubre de 2025

1. Formularios y Documentación

- Nunca deben firmar en blanco formularios de reclamos o denuncias de siniestros. 2) Nunca deben aceptar dinero, o suscribir documentos o acordar apoderamientos cuyos alcances y efectos no comprendan, como tampoco reconocer hechos que no han sucedido, ni aceptar la asistencia letrada proporcionada por terceros desconocidos.

2. Impacto del Fraude

- El fraude que se dirige contra el asegurador causa daños a toda la comunidad, incide en los costos de las primas, y ocurre cuando la gente engaña a la compañía (y/o a sus representantes comerciales) para cobrar dinero u obtener alguna otra ventaja a la que no tiene derecho. - El fraude que afecta al asegurador es un delito. La variación, simulación o tergiversación de circunstancias personales, temporales, objetivas, de causalidad, de lugar, y la provocación deliberada, o la simulación total o parcial del acaecimiento del siniestro, son algunas de las formas de fraudes más comunes, lo que lleva a admitirlo como natural, sin comprender la gravedad que conlleva.

3. Declaraciones e Información

- Las declaraciones falsas o toda reticencia de circunstancias conocidas por el asegurado, aun hechas de buena fe, que de ser tomadas en cuenta hubiesen impedido el contrato o modificado sus condiciones, hacen nulo el contrato, resultando de mayor gravedad las consecuencias frente a actitudes dolosas o de mala fe. - Recuerden que pueden ser voluntaria o involuntariamente implicados en una maniobra de fraude. Siempre existe el riesgo de que alguna persona con muy malas intenciones los induzcan a realizar prácticas que están por fuera de la ley.

4. Prevención y Protección

- Nunca deben avenirse a cooperar en la realización de una maniobra de fraude. - Nunca deben facilitar los datos ni el acceso de sus pólizas a terceros cuando ello no se justifique, ni permitir que se sustituyan o simulen las reales circunstancias personales, temporales, objetivas o causales, relativas al acaecimiento de un siniestro. - Siempre deben consultar con su aseguradora ante cualquier duda o eventualidad y comunicar novedades que surjan.

5. Requisitos y Limitaciones

- El titular o Beneficiario deberá formular denuncia del acaecimiento del siniestro. - Tengan presente que sus coberturas pueden tener limitaciones, en orden a ítems, riesgos o conceptos no cubiertos. - Si bien está permitido asegurar el mismo interés y el mismo riesgo con más de un asegurador, en su caso tal extremo debe ser notificado a todas las entidades.